Varios ciudadanos expresaron su indignación frente a la decisión que tomó la juez 17 penal con función de garantías en el caso de Daneidy Barrera Rojas, mejor conocida en el mundo de las redes sociales como Epa Colombia.
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La funcionaria judicial negó la orden de captura que solicitó la Fiscalía General en su contra por actos de vandalismo en una estación de TransMilenio, los cuales quedaron evidenciados en un video que ella misma grabó y publicó en sus cuentas personales. En las imágenes se ve cómo la joven "influencer" rayó la pared de una residencia y, además, rompió una de las puertas y otros elementos del servicio de transporte con un martillo. El Juzgado 17 Penal Municipal con Función de Garantías publicó este martes un comunicado en el que rechazó el "grosero atentado a la independencia y autonomía judicial". Además, señaló que las razones por las cuales se negó la orden de captura no corresponden a lo publicado en medios de comunicación o en redes sociales, donde, según ellos, "se descontextualiza y ridiculizan los argumentos de la decisión".¿Por qué se cayó la orden de captura?
El abogado penalista Oscar Sierra le dijo a KienyKe.com que es cierto que el comportamiento de Epa Colombia es reprochable y que tiene consigo consecuencias penales. Sin embargo, señaló que es claro que hubo un procedimiento equívoco por parte de la Fiscalía General que hizo que la juez negara la solicitud. Según Sierra, el primer error fue haber sindicado a la joven por el delito de instigación a delinquir con fines terroristas, pues resulta evidente que el medio que ella utilizó para dañar la estación -un martillo- no es suficiente para provocar o mantener en un estado de zozobra o terror a la población."Distinto sería que ella hubiera utilizado un artefacto explosivo y anunciado por redes sociales su pronta detonación, esto sí generaría la zozobra característica de un acto terrorista", resaltó.El abogado indicó que el segundo error de la Fiscalía fue solicitar una orden de captura por "un delito inexistente", con el argumento de que la "influencer" representa un peligro para la sociedad. "Ambas situaciones no eran sustentables para conseguir el aval de un juez o jueza de garantías", aseguró. [single-related post_id="1215533"] Sierra explicó que el delito por el que se debe procesar a Epa Colombia es daño en bien ajeno agravado, debido a que la instalación de TransMilenio es un bien de uso público. Además, dejó en claro que este cargo tampoco amerita una orden de captura en su contra ni una medida privativa de la libertad. "Debe precisarse que el ordenamiento penal colombiano contempla como absolutamente excepcional la privación de la libertad de una persona. Lamentablemente y con ocasión a la presión mediática ejercida en estos casos, la Fiscalía ha optado por sobrepasar esas garantías constitucionales", afirmó. La abogada penalista Rosalín Orozco coincidió en que el ente investigador actuó de manera incorrecta por presión social y por darle gusto a la opinión pública. Además: Van más de 150 integrantes de la Fuerza Pública heridos Según dijo, lo que debió hacer fue haber citado a Epa Colombia a una audiencia de imputación de cargos y vincularla formalmente a un proceso penal porque "existe evidencia suficiente de que atentó contra un bien de uso público".
"Decir que valía la pena capturarla era únicamente para satisfacer el deseo de morbo de la ciudadanía que la quería ver en una cárcel", sostuvo.Orozco resaltó que la justicia no se puede utilizar "por indignación" y que, a pesar de que a todos les parezca reprochable la actitud de la joven "influencer", la Fiscalía General tiene que hacer bien su trabajo.