La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia profirió una nueva condena contra Ñoño Elías, el exsenador que aceptó hacer parte del escándalo de corrupción de Odebrecht.
Esta nueva sentencia es mediante sentencia anticipada por aceptación voluntaria de cargos por parte del excongresista, cuyo nombre completo es Bernardo Miguel Elías Vidal.
Ñoño Elías fue declarado responsable, a título de coautor, de los delitos de concierto para delinquir agravado en concurso heterogéneo con el ilícito de lavado de activos.
La condena en su contra es de 8 años y 4 meses de prisión en establecimiento carcelario y también deberá pagar una multa de 15.008 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Cabe resaltar que el exsenador fue condenado en 2018 a una pena de 6 años y 8 meses de prisión luego de que aceptara la comisión de los delitos de tráfico de influencias y cohecho por este mismo escándalo de Odebrecht.
¿Qué fue lo que hizo el Ñoño Elías?
La Corte Suprema indicó que Odebrecht es una multinacional de origen brasileño que se interesó en realizar obras de infraestructura en Colombia y que, dentro de sus prácticas corruptas, "implementó estrategias como la cooptación de servidores públicos que tuvieran capacidad de influir en las decisiones atinentes a la asignación y desarrollo de contratos de su interés".
Para la Sala de Primera Instancia quedó claro que, tras haber obtenido los resultados de su primera gestión a favor de Odebrecht relativa a la firma del contrato de estabilidad jurídica, el exsenador Elías Vidal prosiguió en la ejecución común de actividades delictivas a favor de la organización, "conducta que demuestra su ánimo de permanencia en el tiempo en servicio a la organización criminal para cometer múltiples e indeterminados delitos".
El alto tribunal indicó que, en todos estos actos, Ñoño Elías mantuvo como su norte la consecución a ultranza de los propósitos contractuales de la firma extranjera, "con la mediación de sobornos a funcionarios públicos, siempre cobijados por la subrepticia fórmula de circulación monetaria construida por la compañía, pero conocida y empleada por todos quienes intervinieron en tal devenir".
"Así mismo, teniendo en cuenta el origen de los recursos y la forma en la que estos, siguiendo las instrucciones del exsenador, llegaron a sus manos o ingresaron al patrimonio de terceros, de una parte, así como de la inconsistencia entre la fuente de ingresos declarada por este y la superación de sus egresos que fueron debidamente asumidos, de otra, se infiere que, además de contribuir a dar apariencia de legalidad a los recursos percibidos, intervino en el ocultamiento de su origen, naturaleza y destino, el que a la fecha no ha sido posible establecer, dando ello lugar al delito de lavado de activos", agregó la Corte.
Finalmente, la Sala dispuso que, a manera de reparación simbólica, el Ñoño Elías deberá ofrecer públicamente disculpas a favor de la Agencia Nacional de Infraestructura, en audiencia y a través de un diario de amplia circulación nacional.