Gobierno Nacional ofreció como alivio económico un subsidio de desempleo mientras permanezca el Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica declarada. Estos son los requisitos que debe tener para acceder a este beneficio.
¿Quiénes pueden postularse?
- Únicamente los trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes y que durante el tiempo que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación Familiar y hubiesen estado clasificados en la categoría A y B.
- Personas que no perciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante 1 año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años.
Le puede interesar: Gobierno anuncia medidas sobre el pago de arriendos en cuarentena
¿Qué cobija el subsidio?
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo las personas cesantes que se postulen para recibir el mencionado beneficio:
- Tendrán acceso a aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre 1 salario mínimo legal mensual vigente.
- Recibirán una cuota monetaria del subsidio familiar para hijos, hermanos en situación de discapacidad o padres dependientes, en los mismos términos y valores que se venían entregando y en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicables al Sistema de Subsidio Familiar.
- Se le cubrirá una transferencia económica para los gastos, de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, los que se dividirán en 3 mensualidades iguales.
Lea también: El Gobierno Nacional brindará facilidades para producir alcoholes
¿Cómo postularse?
La cartera de Trabaja establece los siguientes requisitos para postularse al subsidio de desempleo:
- El postulante debe acreditar ante la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado. Para la acreditación del tiempo de aportes y la categoría del postulante, la Caja de Compensación Familiar validará este requisito contra sus bases de datos.
En relación a este aspecto el ministerio de Trabajo precisó que “en el evento en que existan aportes realizados a una Caja de Compensación diferente, se le deberá requerir para que certifique lo pertinente, respuesta que debe dar en un término no superior a 3 días hábiles, dentro de los cuales no se suspenderá el plazo para decidir acerca del reconocimiento o no del beneficio”.
- Certificación sobre la terminación del contrato de trabajo en caso de trabajadores dependientes o cese de ingresos en caso de independientes.
- Diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante. Para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar, el cual deben diligenciar, firmar y remitir a la Caja respectiva, conforme lo dispuso la Superintendencia de Subsidio Familiar.
Evite sanciones
Los cesantes a quienes ya se les haya reconocido las prestaciones derivadas del Mecanismo de Protección al Cesante, perderán los beneficios en caso que obtengan una fuente directa de ingresos o realicen una actividad remunerada.
Lea aquí: Lo que dejó la Macrorrueda virtual de Negocios 80 de ProColombia
Además, las personas que renuncien a las prestaciones económicas del Mecanismo y en caso que rechace, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior.
Asimismo, perderá el subsidio si el aspirante se postula a más de una Caja de Compensación Familiar para recibir el beneficio o si lo recibió a través de engaño o simulación.