Nuevamente la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció que se le establece una multa a Comunicación Celular S.A. COMCEL S.A. (Claro) por realizar la emisión de publicidad engañosa a los clientes.
La entidad vigilante encontró que dentro de las piezas publicitarias en las cuales se promociona el uso de aplicaciones, redes sociales, minutos y mensajes de texto ilimitados incurrió en publicidad engañosa.
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Por medio de la promoción “SIM CARD PREPAGO 3X3 BENEFICIOS” “DISFRUTA DURANTE 3 MESES 21 GB; 7GB CADA MES + WHATSAPP Y FACEBOOK ILIMITADOS, + MINUTOS Y SMS ILIMITADOS”, el operador estaba incurriendo en una inconsistencia ya que se le estaría brindando información confusa a los usuarios y que podría estar desencadenando un error.
“La Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- determinó que el engaño o la confusión se comprobó ante la falta de claridad en la información entregada en la publicidad, pues el uso del servicio de WhatsApp se ofreció de manera ilimitada, pero solo para algunos eventos de baja calidad, sin informar a los usuarios cuáles eran esos eventos, y que las videollamadas podrían generar cargos o cobros adicionales o en su defecto podría no estar disponibles en dicha promoción”, apuntó la entidad.
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De esta manera, la SIC estableció que Claro dispuso en dos piezas publicitarias las promociones de uso de aplicaciones, redes sociales, minutos y mensajes de texto ilimitados pero sería publicidad engañosa, por tanto, sancionó con 730.800.000 de pesos a la compañía.
La entidad vigilante también informó que contra la decisión proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y de apelación ante el Despacho de la Superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.