Santos no objetará la ley de procedimientos de la JEP

Vie, 29/06/2018 - 02:16
Durante la celebración del Día del Servidor Público, el presidente Juan Manuel Santos se refirió a los artículos de la JEP que fueron modificados en el Senado tras una propuesta de
Durante la celebración del Día del Servidor Público, el presidente Juan Manuel Santos se refirió a los artículos de la JEP que fueron modificados en el Senado tras una propuesta del Centro Democrático, y aseguró que a pesar de que los considera inconstitucionales, será la Corte Constitucional la que decida el futuro de la reglamentación del tribunal especial de paz. El presidente inició su intervención celebrando el trabajo de los Congresistas durante la última semana de sesiones extraordinarias."En estas últimas 24 horas se aprobaron en el Congreso 13 de las 15 leyes que se le presentaron en estas sesiones extraordinarias, muchas de ellas muy importantes. La más importante, la que cierra el círculo para que la Justicia Especial para la Paz comience a operar con sus procedimientos". Sobre este tema agregó: “Se aprobaron dos artículos muy controvertidos, claramente inconstitucionales. El presidente no puede objetar artículos, puede objetar toda la ley o no objetarla. Yo no voy a objetarla, pero pasará al control de la Corte Constitucional, que sí puede poner artículos específicos bajo su lupa y declararlos inconstitucionales”, afirmó el mandatario en el Salón Rojo del hotel Tequendama. [single-related post_id="899542"] El anuncio del presidente se da luego de que el ministro de Interior, Guillermo Rivera expresara su inconformismo sobre las modificaciones a la JEP y abriera la posibilidad de instaurar una demanda ante la alta Corte. “Nosotros tenemos la alternativa de demandar por inconstitucionalidad ese par de artículos ante la Corte Constitucional, porque claramente nos parece que hay vicios de inconstitucionalidad”, señaló. Los artículos que tras la conciliación entre la Cámara de Representantes y el Senado ponen a tambalear la Justicia Especial son dos. El primero de ellos buscaba un tratamiento diferencial para los miembros de la Fuerza Pública señalados por algún delito durante el conflicto armado. En este punto, se determinó tal y como lo propuso la bancada del Centro Democrático que los procesos de los miembros de la cúpula militar serán congelados hasta que el congreso, a través de reforma constitucional, cree una sala especial dentro de la JEP para su juzgamiento y esté a cargo de magistrados diferentes. Por otro lado está el artículo que limitó las facultades del tribunal especial sobre la extradición. En este sentido, el pasado miércoles, con 31 votos a favor y 14 en contra, el Senado dejó en claro que la JEP no  podrá practicar pruebas adicionales, en los trámites de extradición, para determinar la fecha de comisión de un delito.
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