El municipio de Fusagasugá, en el departamento de Cundinamarca, se movilizó este viernes luego del fallo de la Corte Constitucional en el que se determinó que las consultas populares que realicen las comunidades no podrán frenar proyectos mineros o de hidrocarburos en sus territorios.
“Debemos hacerla, aunque ya sabíamos que esto era una crónica de una muerte anunciada”, le dijo a la Agencia Anadolu Francisco Barbosa, representante del Comité Todos por Fusagasugá, un colectivo conformado por movimientos estudiantiles, ambientalistas, de la sociedad civil, de mujer y género y líderes de las zonas rurales donde están las licencias ambientales, que se unieron en favor de la consulta minera.
“Vamos a seguir adelante, porque después de ese concepto la Corte le da un plazo al Congreso de que reglamente en los próximos dos años el tema”, añadió el representante, quien enfatizó que “la decisión del pueblo no puede estar por encima de nada”.
El motivo de la marcha es convocar a más personas para que voten NO el próximo 21 de octubre en una consulta popular minera que se celebrará en este municipio, con el fin de proteger el páramo de Sumapaz, contiguo a Fusagasugá, y el ecosistema de este tipo más grande del mundo.
“Este páramo es como el termostato mundial, si es dañado el clima mundial se vería afectado. Además, produce más del 70% del agua que consumen los ocho millones de habitantes de Bogotá, sin contar la que se consume en buena parte de los Llanos orientales”, afirmó Barbosa.
El vocero añadió que en los Gobiernos anteriores, especialmente entre 2006 y 2010, se firmaron muchas concesiones mineras. “De hecho el país está dividido en bloques mineros, tres en Fusagasugá. Entonces, lo que se quiere evitar es que se haga explotación minera de forma no tradicional, de extraer petróleo, el fracking”, indicó.
Francisco Barbosa explicó el riesgo de esta práctica haciendo una analogía con una naranja.
“Si usted toma una naranja y la parte superior de la misma está protegida, usted no puede sacar nada de su interior. Pero si inyecta una jeringa por debajo y le extrae todo el jugo, la parte de arriba se va a derrumbar. Eso es lo que quieren, utilizar el agua del nacedero, para extraer el petróleo por medio del fracking”, detalló.
Según el censo poblacional de 2005, Fusagasugá tiene 104 mil habitantes. Sin embargo, el último censo electoral estimó que son 140 mil habitantes y el umbral para pasar la consulta es de 33%, es decir, unas 35 mil personas. Pero los voceros del Comité aspiran a que se logren entre 40 mil o 50 mil votos.
Nuevamente, a pesar de la determinación del alto tribunal, los pobladores de este pueblo cundinamarqués votarán.
Sin embargo, hay una situación de incertidumbre pues no se sabe qué venga de aprobarse la consulta.
“Estamos en un limbo, porque con lo que dijo la Corte prácticamente no serviría de nada. Pero también es un precedente de que en el territorio no se quiere fracking. Además, el concepto de la Corte dice que el Estado decide en el subsuelo, pero nosotros tenemos la facultad de decidir sobre el suelo, y si ellos no pueden hacer los huecos, cómo van a extraer el subsuelo”, aseveró.
Al preguntarle al líder que si no temen que la decisión quede en manos del Legislativo y el actual Gobierno, ratificó que esta consulta se lleva gestionando hace más de seis años y que hasta ahora fue autorizada, por lo que “seguirán luchando y movilizándose”.
Otro municipio del centro del país, San Bernardo, donde sí se hicieron pruebas sísmicas (realizadas para la determinación de las características geotécnicas de un terreno), también realizará una movilización el 14 de octubre y la consulta el 21.
La organización no gubernamental Dejusticia se pronunció luego de la decisión del tribunal constitucional, al que le hizo un llamado para que, “por seguridad jurídica, publique su sentencia”.
Dejusticia argumentó, en tres puntos, los errores en los que está incurriendo al darle la razón a la empresa Mansarovar Energy, que interpuso una tutela.
Primero, consideró que la tutela que la Corte “seleccionó para sacar una sentencia de unificación es una tutela improcedente, que ni siquiera ameritaba un fallo de fondo”.
Segundo, afirmó que se está “desconociendo la obligatoriedad” de realizar consultas populares cuando haya actividades, como las mineras o petroleras, un derecho legal y constitucional de los municipios.
“La Corte aparentemente ignoró el articulo 33 de la ley 136 de 1994, que se encuentra plenamente vigente y ha sido aplicado y defendido en sentencias recientes del Consejo de Estado”, afirmó.
Por último, dijo que “nuevamente es relevante aclarar que quien es propietario de los recursos del subsuelo es el Estado y no la Nación. Esto es importante porque el Estado incluye a los municipios. Es decir, los municipios también son propietarios del subsuelo y deben poder decidir sobre el mismo”.
Fusagasugá sí realizará consulta popular por la minería
Sáb, 13/10/2018 - 02:14
El municipio de Fusagasugá, en el departamento de Cundinamarca, se movilizó este viernes luego del fallo de la Corte Constitucional en el que se determinó que las consultas populares que realicen l