Corte le da una esperanza a pacientes con mastectomía

Dom, 24/02/2019 - 10:00
Algunas mujeres que padecen un cáncer de seno deben ser sometidas a la mastectomía, una operación que en algunos casos obliga a extirpar todo el seno y en los más agresivos ambos.

María Nidia
Algunas mujeres que padecen un cáncer de seno deben ser sometidas a la mastectomía, una operación que en algunos casos obliga a extirpar todo el seno y en los más agresivos ambos. María Nidia Bustamante tuvo que someterse a este procedimiento para salvar la vida a cambio de uno de sus senos; según el fallo de tutela 003 de 19 a la paciente le removieron su seno derecho el 26 de junio de 2016, le reconstruyeron la parte afectada pero no le colocaron la prótesis. El cirujano que realizó la operación sugirió que se le hiciera otra intervención para reconstruir el seno perdido. María Nidia le solicitó a su EPS, Cosmitet Ltda, que le realizara el procedimiento para recuperar esa parte del cuerpo. Ésta se negó aduciendo que se trataba de procedimiento meramente estético. Ante la negativa interpuso una tutela en el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Anserma, Caldas que en primera instancia negó la acción judicial. [single-related post_id="1039155"] La Corte Constitucional decidió revisar el fallo y le dio la razón a la paciente. En la sentencia ordenó proteger su derecho fundamentala la salud, la integridad personal y la vida digna. Entre el 19 de octubre de 2017 y hasta la misma fecha del 2018 cerca de 8 mil mujeres en Colombia fueron diagnosticadas con cáncer de seno. Un flagelo que según la Organización Mundial de la Salud mató en 2004 a 519 mil mujeres en todo el globo.

Mutilación que atormenta

Perder un seno, en el caso de una mujer, no es un asunto menor, según la cirujana plástica, Estela Pérez quien en diálogo con KienyKe.com “este tipo de operaciones pueden considerarse una mutilación que se puede solucionar con ayuda de los implantes”. Según dijo las pacientes que sufren un cáncer de seno tienen dos angustias que las atormentan: “la primera el sentirse mutiladas como mujeres y la segunda que el cáncer vuelva a atacarlas, psicológicamente es un golpe muy duro”. La especialista agrega que una paciente que haya sufrido un cáncer puede recuperarse y no tiene por qué sentirse mutilada por el resto de su vida, “que se puede prolongar mucho tiempo”. La magistrada Cristina Pardo ponente de la sentencia sostiene que este fallo se remite a antiguas sentencias proferidas por la Corte Constitucional, “en varias oportunidades el tribunal ha considerado que cuando se trata de una reconstrucción mamaria por una cirugía por cáncer, la reconstrucción no es estética sino que hace parte de la salud psicológica de la mujer”. La magistrada sostiene que un seno tiene que ver con la identidad de la mujer con su género: “con su percepción sobre sí misma, con un profundo enfoque de género para las mujeres proferimos esta sentencia”. Agregó que la Corte analiza uno por uno estos casos pues “si no se tiene cuidado, el equilibrio financiero del sistema de salud puede verse afectado, por eso hay que analizar cada circunstancia de manera particular”. [single-related post_id="1034819"] A su turno el experto constitucionalista, Juan Manuel Charry, aseguró a KienyKe.com que los fallos de tutela “son en principio de casos particulares. Existen variables donde el juez puede prevenir a las autoridades para que implemente la misma conducta en casos futuros, pero hay que revisar muy bien lo que dijo la Corte”. La Corte aclara que este fallo no implica que sea una orden para que se realice una cirugía reconstructiva en todos los casos, las sentencias que han amparado este derecho se dictan de acuerdo con cada tutela. Por ejemplo, en la sentencia T-038 de 2007, la Corte Constitucional ampara los derechos de una demandante que había perdido ambos senos por una mastectomía “conllevándole ya no el padecimiento de dolores físicos, sino afectaciones psicológicas y estados depresivos”. En ese momento la Corte ordenó la reconstrucción de los senos de la mujer y tratamiento psicológico “que le garantice una reafirmación de su autoestima y carácter femenino, los cuales han resultado bastante afectados con la mutilación de la que ha sido objeto”. Así mismo, en la sentencia T-1176 de 2008, otra paciente solicitó el procedimiento y la Corte falló a su favor debido a que “no siempre las intervenciones estéticas tienen fines cosméticos o de embellecimiento y por consiguiente no todos los procedimientos estéticos pueden tenerse en tanto excluidos del Plan Obligatorio de Salud”. Por último, en el fallo actual, el de Nidia Bustamante, la Corte recalca en que el Plan de Beneficios en Salud no debe desconocer los derechos fundamentales de las personas, “situación que podría presentarse en los casos en que una entidad prestadora del servicio de salud hace una interpretación restrictiva de la reglamentación del Plan o cuando se abstiene de autorizar y practicar un procedimiento quirúrgico que tiene la capacidad de afectar directamente la dignidad o vida misma del paciente”.

El equilibrio del sistema de Salud

Pese a todo esto el problema de la falta de recursos del sistema de salud sigue estando latente en la realidad colombiana. Según Augusto Galán, director del Observatorio Así Vamos En Salud, el fallo es completamente razonable y debe amparar a la paciente. “Sin embargo, hay que distinguir que una cosa es la cirugía estética y otra la reconstructiva, así sea la misma técnica, una cosa es reconstruir un seno por una mastectomía y otra realizar un procedimiento a una mujer que quiere cambiar su cuerpo por gusto”, dijo Galán en diálogo con KienyKe.com. [single-related post_id="1040752"] El especialista advierte que no se puede llegar al extremo de “hacer plastias mamarias todos los días por supuestas afectaciones psicológicas. Son dos situaciones diferentes, lo mismo ocurre en otros casos como las cirugías maxilofaciales”. El experto no cree que en materia de recursos esto comprometa las finanzas del sistema de manera grave, “la razón por la que el sistema está desfinanciado es por los recobros de todos aquellos procedimientos que no están incluídos en el sistema general de salud”. Uno de los problemas del sistema de salud en Colombia se genera porque las EPS reciben el dinero que les entrega el Estado, contratan IPS (clínicas) que realicen los procedimientos y esos gastos son cubiertos por las EPS mientras el Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) cancela el precio de los procedimientos. Muchas veces es el sistema el que demora los pagos y esto impide nuevos tratamientos mientras se recuperan los recursos.

El componente psicológico

Jorge Forero Médico psiquiatra y presidente del Instituto para el Desarrollo de la Salud Emocional (Idesem) aseguró que los senos para una mujer tienen un significado muy especial “tienen el componente de la lactancia y como nuestra sociedad le ha dado importancia erótica, hacen parte del componente físico de la mujer que es importante en su esquema corporal completo”. Este último es la representación física que tiene el cuerpo y “el significado de esa representación para esa persona. Un ejemplo puede ser que si a una persona le falta una mano tiene una alteración del esquema de la figura corporal y, en el caso específico de la mujer, la ausencia del seno tiene un impacto psicológico mayor por ese valor que le ha dado la sociedad en que vivimos a esa parte del cuerpo”. [single-related post_id="907696"] La mastectomía, según el especialista, “es una amputación que produce cambios psicológicos profundos. Como en la mujer el seno está erotizado ella puede sufrir suspensión del funcionamiento de su sexualidad por inhibición. Además puede sentir que le hace falta una parte del cuerpo que tenía una función erótico sexual en su vida”.
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