Este lunes la Corte Suprema de Justicia creó un precedente en la judicialización de la pornografía infantil y lo que se define como este delito.
El caso en concreto que llevó al alto tribunal a definir cuando una acción que involucra menores de edad es considerada pornografía fue el antecedente de un fotógrafo que hizo imágenes de dos jóvenes de 16 y 17 años de edad en ropa interior. El hombre detenido inicialmente por pornografía, fue absuelto por no cumplir con ciertos parámetros que dicta la Corte.
Lo que sí es pornografía infantil
Con el fin de hacer una diferencia entre la pornografía y la iconografía la Corte determino lo siguiente:
La pornografía infantil es un delito que se castiga con privación de la libertad de 10 a 20 años a quienes hagan fotografías, filmen, produzcan, vendan, ofrezcan, compren, porten, almacenen, trasmitan o exhiban “representaciones reales de actividad sexual” que involucren a menores de edad.
Mientras la iconografía no tiene como finalidad generar excitación sexual, tal es el caso de los desnudos publicitarios de productos para el cuidado de intimo de bebes como pañales, cremas o toallas húmedas.
Sin embargo, el uso de imágenes explícitas con la intención clara de estimular a quien las observa sí es un delito, además cuando niños y niñas reales sean víctimas de esta actividad también se ejercen acciones legales igualmente cuando las imágenes en cuestión sean representaciones reales de actos sexuales.
Lo que no es delito
Para la Corte "los meros desnudos, las poses sugestivas y las imágenes genitales o de la región púbica, que no puedan reputarse exhibición lascivas, quedarían excluidas de la consideración de pornografía, en tanto no cumplen con el primero de los requisitos, es decir, poseer un carácter sexualmente explícito".
Además explica algunas características en cuestión que tampoco serán juzgadas. "La pornografía infantil técnica es en la que intervienen personas que no tienen la condición de ser menores de edad, pero que aparentan serlo, bien porque físicamente parecen tales, o porque mediante recursos tecnológicos se les da esa apariencia”.
La pseudopornografía tampoco se castigará dicha práctica implica que se "insertan fotogramas o imágenes de menores reales en escenas pornográficas en las cuales no intervinieron realmente; lo cual significa que no fueron abusados”.