El pasado miércoles, la Corte Constitucional retiró el impuesto del 5 % que existía sobre las toallas higiénicas y los tampones tras una votación de 7 a 0 por considerar como una manera de discriminar a las mujeres al ser un producto que no se puede sustituir.
El artículo 185 del Estatuto Tributario fue tumbado por la corte tras imponer el IVA del 5 % en estos productos y agregó una excepción de impuesto para regular el Estatuto para las toallas higiénicas y los tampones. "En este momento estos productos no tienen IVA por decisión de la Corte Constitucional" agregó Gloria Stella Ortíz, magistrada ponente.
En el 2016, se realizó una reforma tributaria que había bajado del 16 % al 5% el IVA para estos productos. Sin embargo, se generó un debate por varias organizaciones y colectivos, creando el movimiento 'Menstruación libre de impuestos'. El alto tribunal fue contundente al mencionar que "estos productos son insustituibles en tecnologías actuales, son productos que se relacionan con la dignidad y las condiciones de vida digna para las mujeres". [single-related post_id="979735"] "Son productos prácticos y económicos, otras alternativas de higiene femenina son mucho más costosas para los grupos poblacionales que no acceden a ella" añadió la magistrada, haciendo referencia a que las copas menstruales no se encuentran al alcance de la población de escasos recursos. Por otra parte, el Ministerio de Hacienda estaba en contra y había pedido que el impuesto se mantuviera como en la reforma realizada en el 2016 asegurando que no se veía como una manera discriminatoria en contra de las mujeres.Corte Constitucional declara inexequible impuesto de IVA del 5% a toallas higiénicas y tampones. Esos productos son insustituibles y no deben ser gravados con algún porcentaje.
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 15 de noviembre de 2018
Estos son algunos de los argumentos explicados por la vicepresidenta de la Corte Constitucional, magistrada Gloria Stella Ortiz, sobre la decisión que declaró inexequible el IVA a toallas higiénicas y tampones. pic.twitter.com/HpXROqPBgJ
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 15 de noviembre de 2018