El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del decreto que modificó el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá (POT) justificando que la competencia para reglamentar el uso del suelo es responsabilidad del Concejo Distrital.
El Decreto 364 del 26 de agosto del 2013 había sido expedido por el entonces alcalde de Bogotá Gustavo Petro Urrego, pero tanto el artículo 313 de la Constitución Política, como el Estatuto Orgánico de Bogotá (Decreto Ley 1421 de 1993), dicen que la reglamentación del suelo es del Concejo.
La ley señala que el alcalde puede expedir el Plan de Ordenamiento Territorial mediante decreto si, luego de 90 días calendario, el proyecto no ha sido aprobado por el Concejo.
El diario El Tiempo dice que la providencia explica que el proyecto se presentó dentro de los términos establecidos por la ley y fue negado dentro del trámite normal, por lo que el alcalde no estaba habilitado para expedir un nuevo POT mediante decreto.
Con información de El Tiempo
Consejo de Estado supende el Pot de Bogotá
Mié, 02/04/2014 - 13:39
El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del decreto que modificó el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá (POT) justificando que la competencia para reglamentar el uso del suel