Los "serios problemas" encontrados por la Corte Suprema en el manejo de protestas

Mié, 23/09/2020 - 12:38
La sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia especifica cuáles son los principales problemas en el manejo de las protestas por parte del Gobierno Nacional y las demás autoridades.

En el histórico fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia no solo se ordenó al Gobierno Nacional y a las autoridades involucradas en el manejo de las movilizaciones sociales a adoptar acciones para garantizar la protesta pacífica, sino que también se identificaron “serios problemas” en cuanto a la protección de este derecho especificado en la Constitución Política. 

El alto tribunal explicó que luego de aplicar un test de sistematicidad a diversos episodios registrados en las principales ciudades del país, como las manifestaciones del Paro Nacional realizadas en noviembre de 2019 donde falleció el joven Dilan Cruz, se encontraron diferentes elementos comunes de “equivocado uso de la fuerza” para controlar las manifestaciones.

“Hay falencias e incapacidad en las instituciones encargadas de mantener el orden público interno para usar, de forma racional y moderada, las armas de la República, al punto que generan un temor fundado para quienes desean manifestarse pacíficamente”, dice la sentencia. 

Para la Sala de Casación Civil en Colombia hace falta una Ley Estatutaria que desarrolle los alcances y limitaciones de la fuerza pública, su direccionamiento centralizado o descentralizado, su naturaleza y el juzgamiento de sus conductas cuando se ejerce el derecho fundamental a la protesta pacífica.

Identificó que en las movilizaciones existe una “violación sistemática” por parte de la fuerza pública, en especial por parte del Esmad, y que hay una incapacidad de las autoridades de mantener una postura neutral frente a las manifestaciones de las personas y sus garantías a la libertad de expresión y de reunión.

El alto tribunal de justicia señaló que se ha estereotipado a las personas que disienten de las políticas del Gobierno Nacional y que la Fiscalía ha hecho allanamientos masivos a los domicilios y residencias de quienes tienen interés legítimo en participar de las protestas.

En la sentencia también aseguró que hay una desatención a las obligaciones convencionales del Estado respecto a los derechos humanos, un uso inadecuado de instrumentos legales de la Policía Nacional para justificar detenciones ilegales arbitrarias contra ciudadanos y que el Esmad, “que no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir”, tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas. 

Órdenes de la Corte Suprema para garantizar la protesta pacífica 

Entre las medidas establecidas en la sentencia mayoritaria que tuteló los derechos de las 49 personas que interpusieron la acción, la Sala de Casación Civil ordenó la suspensión de las escopetas calibre 12 usadas por el Esmad, la no estigmatización de quienes protestan y la conformación de una mesa de trabajo para reestructurar las directrices del uso de la fuerza.

La corporación explicó que esta decisión se tomó tras evidenciar los “serios problemas” nombrados anteriormente y la “intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas". 

Además de solicitarle a los demandantes a abstenerse de incurrir en las conductas que dieron lugar a la acción, le pidió al Ministerio de Defensa que ofreciera disculpas por los excesos de la fuerza pública, sobretodo los cometidos por los miembros del Esmad durante las protestas desarrolladas a partir del 21 de noviembre de 2019. 

Sin embargo, el ministro de Defensa Carlos Holmes Trujillo no se disculpó y le pidió a la Corte Constitucional revisar el fallo proferido por la Sala de Casación Civil. 

“La fuerza pública, en particular el Esmad, no incurren en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019 en los que pudo existir exceso de la fuerza pública, corresponden a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos”, afirmó. 

Este es el fallo completo de la Corte Suprema:

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