Tras lograr que la Corte Constitucional le diera la razón, el exministro Andrés Felipe Arias le envió a la Corte Suprema de Justicia una carta en la que reiteró la impugnación de la condena de 17 años de prisión que profirió en su contra la Sala Penal en julio de 2014 por el escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS).
En la misiva, enviada el pasado 15 de julio, Andrés Felipe Arias insistió en la necesidad de que su sentencia condenatoria por los delitos de contrato sin cumplimento de requisitos legales y peculado por apropiación sea revisada por un segundo juez, pues aseguró que su proceso fue "injusto".
Dicha impugnación a la condena fue presentada por la defensa del exministro de Agricultura en 2018, meses después de que el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) fallara a su favor para que se le reconociera este derecho.
En su momento la posición de la ONU no tuvo ningún efecto vinculante. En abril de 2019 la Corte Suprema de Justicia negó la revisión de su sentencia, con el argumento de que la ley de segunda instancia para aforados constitucionales se instauró en 2018, cuatro años después de que se le impuso la condena.
Sin embargo, el pasado 21 de mayo, después de una larga y tediosa batalla jurídica, la Corte Constitucional le concedió al exministro Andrés Felipe Arias "el amparo del derecho fundamental al debido proceso".
En consecuencia, ordenó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia iniciar el trámite para dar curso a la solicitud de impugnación de la sentencia condenatoria proferida en contra del también excandidato presidencial por el escándalo de corrupción del AIS.
La alta corte constitucional explicó que la protección que se concedió al exministro Andrés Felipe Arias significa que un segundo juez se pronunciará, luego de una valoración amplia e integral, sobre la situación general de su sentencia.
"Esta garantía está reconocida tanto en la Constitución Política como en instrumentos internacionales vinculantes para el Estado colombiano, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", argumentó en su decisión el alto tribunal.
La reacción de la Corte Suprema
La determinación de la Corte Constitucional generó fuertes reacciones, sobretodo por parte de la Corte Suprema de Justicia. El alto tribunal indicó en un pronunciamiento que la sentencia en contra del exministro Andrés Felipe Arias -que fue en una única instancia- se dictó con riguroso respeto del derecho fundamental al debido proceso.
La Corte Suprema cuestionó que el máximo tribunal constitucional cambiara “intempestivamente las reglas de juego para favorecer exclusivamente al exministro de Agricultura”. Además, afirmó que su decisión dejó un “peligroso precedente de incertidumbre en la jurisdicción ordinaria e inseguridad jurídica en la justicia penal”.
“La Corte Suprema de Justicia acata, pero no comparte, la decisión mayoritaria que ordena tramitar la impugnación de la condena de 17 años de prisión contra Andrés Felipe Arias (...) En la Corte Constitucional queda la responsabilidad del impacto de las insospechadas consecuencias para el Estado de derecho de esta decisión particular”, aseguró en ese momento el máximo tribunal.
La Corte Constitucional aclaró, por su parte, que su decisión “no fue arbitraria” y que su propósito no fue entrar en una confrontación ni tampoco “cruzarse con las actuaciones de la Corte Suprema de Justicia”.
“La Corte Suprema de Justicia hizo en su momento lo que tenía que hacer. Para la fecha en que se dictó la sentencia habían unas circunstancias que permitían inferir que el régimen que existía era simplemente el de la única instancia de quienes fueran aforados”, indicó el presidente de esa corporación Alberto Rojas Ríos.
Sin embargo, señaló que al hacer una rigurosa identificación de los principios y derechos constitucionales, la Corte Constitucional concluyó que para el momento en el que fue proferida la sentencia contra el exministro Arias, “existía un estándar internacional que exigía que las sentencias en única instancia, incluso en el marco de procesos penales de juzgamiento especial como el de aforados, tuvieran un mecanismo de impugnación amplio e integral”.