El proyecto de ley estatutaria que pretendía regular la eutanasia en Colombia se hundió en la Cámara de Representantes. La votación final del informe tuvo como resultado 82 votos a favor y 60 en contra, y requería de una mayoría de 85 votos a favor, por lo cual se archivó inmediatamente.
La iniciativa del representante liberal Juan Fernando Reyes Kuri planteaba una serie de requisitos para acceder al derecho de muerte digna, para que en caso de que un paciente que padezca una enfermedad incurable, en fase terminal o una condición médica que afecte su calidad de vida de manera grave, y desee morir de manera anticipada y asistida tenga el respaldo médico para terminar con su vida.
"Toda persona que sufra una enfermedad terminal o enfermedad incurable avanzada, sin restricción alguna por motivos de pertenencia étnica, sexo, identidad de género, orientación sexual, religiosa o de cualquier índole, tendrá derecho al control sobre el proceso de su muerte, a elegir dentro de las opciones que incluye el derecho a morir dignamente y a ser respetado en su decisión", señala el proyecto.
El proceso que plantea es relativamente sencillo, el paciente debía expresar su decisión consciente e inequívoca de morir anticipadamente, luego se evaluaban los requisitos en primera instancia por el médico tratante, posteriormente se pasaba a un Comité Científico Interdisciplinario para Morir Dignamente, el cual estaría conformado por un abogado, un psicólogo y un médico, quienes finalmente evaluarían el cumplimiento de los requisitos para practicar la eutanasia.
Ese comité debía evaluar la solicitud en los 10 días siguientes a la presentación y, en caso de cumplir con los requerimientos, tendría que programarse el procedimiento en los 15 días siguientes. La eutanasia solo podría ser realizada por un médico.
Los médicos asignados para realizar la eutanasia, según plantea el proyecto, tendrían derecho a objeción de conciencia en caso de no estar de acuerdo con el procedimiento. En ese caso, la EPS tratante asignaría un nuevo profesional para llevar a cabo la muerte asistida.
Sin embargo, por tres votos el proyecto no pudo pasar de su segundo debate. "Lamentable, el Congreso acaba de hundir por sólo tres votos nuestro proyecto que pretendía regular el derecho a morir dignamente en Colombia a través de la eutanasia. Es un día difícil para las libertades de los colombianos, vamos a insistir porque el dolor y el sufrimiento no tienen ideología", expresó Reyes Kuri.
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Además de los argumentos fundamentados en principios religiosos sobre el respeto a la vida, como el del representante Erwin Arias, quien afirmó que: "este es un proyecto que le abre la puerta a la muerte, morir con dignidad es, precisamente, que la vida es el derecho fundamental", también se apeló a que aunque la Corte Constitucional invitó al Congreso a regular sobre la eutanasia, la separación de poderes impide que entre las instituciones se den órdenes, por lo que los congresistas no tienen que cumplir con ese mandato.
"La eutanasia se aplica por sentencia de la Corte, que por respetable que sea, en ese sentido, hace rato superó el límite de sus competencia. ¿Qué reclamo le hace el Congreso a la Corte? Ninguno. Ellos tienen la verdad absoluta y nunca se equivocan, es decir, tenemos que aceptar que tenemos una Corte que está por encima de todo y que no tiene ni Dios ni ley y que por eso la Corte obliga al Congreso a legislar al respecto. Y el Congreso como súbditos procedemos a reglamentar. Hoy es la eutanasia, después serán otros temas y simplemente van a obligar al Congreso a que legisle, estamos equivocados. No existe en el país separación de poderes", afirmó la representante conservadora Nidia Marcela Osorio.
El 27 de febrero de la Corte Constitucional reiteró su exhorto para que se regulara el derecho fundamental a morir dignamente, concluyó que la persistente ausencia de una ley que regule íntegramente el derecho fundamental a morir dignamente hacía necesario reiterar el llamado efectuado al Congreso de la República en pronunciamientos anteriores.
Es importante mencionar que, a pesar de que el primer procedimiento legal de este tipo en el país tuvo lugar en 2015, vía tutela, la eutanasia es legal desde que se emitió la sentencia C-239 de 1997, cuando se declaró inconstitucional el delito de “homicidio por piedad” y eximió a los médicos de responsabilidad penal si se trataba de un enfermo terminal bajo intenso dolor o sufrimiento que había solicitado libremente y en pleno uso de sus facultades.