Desmovilizados de justicia y Paz recibirán beneficios de la JEP

Jue, 28/12/2017 - 13:41
El presidente Juan Manuel Santos, y los ministros del Interior, Guillermo Rivera y de Justicia, Enrique Gil Botero, firmaron el decreto 2199 de 2017, que permitirá a los excombatientes desmovili
El presidente Juan Manuel Santos, y los ministros del Interior, Guillermo Rivera y de Justicia, Enrique Gil Botero, firmaron el decreto 2199 de 2017, que permitirá a los excombatientes desmovilizados que se acogieron a la Ley de Justicia y Paz de 2005, recibir los beneficios de los acuerdos de Paz, entre ellos ser objeto del proceso de reincorporación que actualmente adelanta el Gobierno con los miembros de las Farc a través de la JEP. El decreto 2199 establece que, “las personas desmovilizadas postuladas a la Ley 975 de 2005, que recobren su libertad por la concesión de alguno de los beneficios de la Ley 1820 de 2016, podrán ingresar al proceso de reintegración que implementa la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), siempre y cuando hayan suscrito el Acta Formal de Compromiso ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en los términos dispuestos en la Ley 1820 de 2016 y el Decreto Ley 277 de 2017”. [single-related post_id="802776"] Los beneficiados serán hombres y mujeres que fueron actores del conflicto y como tal se busca que asuman responsabilidad de los hechos violentos realizados durante su paso por un grupo al margen de la ley. En este sentido, los beneficios de los cueles gozarán serán principalmente el ingreso al proceso de reintegración que implementa la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), que trae consigo una compensación económica que será el soporte durante el proceso de reinserción a la sociedad, y en los casos pertinentes la recuperación de la libertad. Por lo anterior el gobierno concederá "formas de asistencia temporal para cubrir las necesidades básicas de los excombatientes en la medida en que estos no tienen los ingresos económicos mínimos o de supervivencia, siendo consecuente proporcionarles los medios necesarios para vivir, satisfaciendo sus necesidades básicas y de esta manera evitar que recaigan en la ilegalidad". [single-related post_id="802327"]

Condiciones

Deberán contribuir a la Justicia Especial para la Paz, en temas como la comparecencia ante la Comisión de la Verdad, remarcando su participación el los hechos durante el conflicto para la reparación integral de las víctimas. Además, los desmovilizados beneficiados deberán firmar el acta de no repetición y asumir las condiciones designadas por a la Comisión de la Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz. “Efectuado el ingreso al proceso de reintegración, la persona en proceso de reintegración deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos y actividades que disponga la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), so pena de configurarse como una causal de pérdida de beneficios del proceso de reintegración”, señala el decreto.
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