Con seis votos a favor y tres en contra, la Sala Plena de la Corte Constitucional aprobó la ponencia del magistrado Alberto Rojas que le da la denominación de matrimonio a las uniones entre parejas del mismo género.
El alto tribunal determinó que los jueces y notarios no pueden negarse a celebrar matrimonios homosexuales y que el estado debe garantizar y proteger los derechos fundamentales a la igualdad, la libertad y la dignidad humana. Así las cosas los jueces y notarios del país no pueden acudir a la objeción de conciencia para no llevar a cabo estos contratos civiles.
Esta determinación de la Corte tumba la ponencia del magistrado Jorge Pretelt, quien pretendía que la unión homosexual se denominara solo como una unión solemne.
Según la ponencia del magistrado Rojas, el negar el matrimonio civil a las parejas del mismo sexo es un acto de discriminación que vulnera los derechos constitucionales de las personas.
Los magistrados que votaron positivamente la ponencia de Rojas fueron Gloria Stella Ortiz, María Victoria Calle, Jorge Iván Palacio, Alejandro Linares, Luis Ernesto Vargas y el ponente Alberto Rojas Ríos.
Por su parte los tres magistrados que votaron negativamente fueron Jorge Pretelt, Gabriel Eduardo Mendoza y Luis Guillermo Guerrero.
Para avalar la ponencia de Rojas, el alto tribunal analizó las acciones de tutela presentadas por parejas del mismo sexo que sintieron vulnerados sus derechos al negárseles que su unión fuese considerado como matrimonio.
El trámite para que las parejas homosexuales se unan en matrimonio será el mismo que adelanta cualquier pareja heterosexual.
La Corte Constitucional le dio el sí definitivo al matrimonio gay
Jue, 28/04/2016 - 12:04
Con seis votos a favor y tres en contra, la Sala Plena de la Corte Constitucional aprobó la ponencia del magistrado Alberto Rojas que le da la denominación de matrimonio a las uniones entre parejas