El Tribunal Superior de Bogotá tiene en sus manos una decisión que, desde ya, se sabe que causará polémica. Tendrá que definir si le dará la razón -o no- a la defensa del expresidente Álvaro Uribe, que presentó una tutela en contra del juez que confirmó su libertad pero que lo dejó en calidad de imputado en medio del proceso por presunta manipulación de testigos.
Jaime Granados, apoderado del exmandatario, presentó esta acción luego de que el Juez Cuarto Penal del Circuito de Bogotá considerara, en noviembre de 2020, que sí es posible hacer una homologación entre lo adelantado bajo las reglas de juego de la Ley 600 del 2000 y la Ley 906 de 2004.
El funcionario judicial dijo en su decisión que sí es equiparable la indagatoria que se le hizo a Uribe Vélez en la Corte Suprema de Justicia con una audiencia de formulación de imputación que se realiza bajo los parámetros del sistema con tendencia acusatoria.
Por esa razón, dejó el proceso por presunto soborno y fraude procesal en etapa de imputación de cargos y dijo: "Lo que tiene que hacer ahora la Fiscalía no es realizar una audiencia de formulación de imputación, sino, advirtiéndose superada esta etapa, decidir dentro del marco constitucional y legal, si presenta escrito de acusación, solicitud de preclusión o dará lugar a la aplicación de un principio de oportunidad”.
Defensa de Uribe pide revocar la decisión
Para el abogado del expresidente Álvaro Uribe esta fue una decisión que vulneró el debido proceso y el derecho a la defensa. En la acción de tutela, que fue presentada ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, argumentó que el Juez Cuarto Penal incurrió en un claro "defecto orgánico" al pronunciarse y decidir "sobre aspectos para los cuales carecía de competencia".
En el documento indicó que, a pesar de que el tema sobre la no equiparación entre la formulación de imputación y la indagatoria fue objeto de amplio debate en la audiencia, lo cierto es que la petición que se formuló tenía que ver con el restablecimiento del derecho a la libertad y no era una petición abierta a fin de que se adecuara el trámite a la ley 906 de 2004 y se definiera el estadio procesal en el que debía continuar, pues "ello le correspondía a la Fiscalía".
En tal virtud, la defensa del máximo líder del partido Centro Democrático señaló que "resulta exótico" que el Juez Cuarto Penal haya direccionado su decisión a resolver varios aspectos sobre los cuales no se le había pedido definición a la judicatura, tales como que el trámite debía ajustarse a la Ley 906 de 2004, el estanco procesal en el cual debía continuar la actuación y la validez de todas actuaciones adelantadas por la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.
Fiscalía apoyó la tutela
La tutela de Álvaro Uribe fue apoyada por el fiscal Gabriel Jaimes, a quien le correspondió adelantar la investigación luego de que la Corte Suprema de Justicia perdiera la competencia por la renuncia del exmandatario al Senado de la República en agosto de 2020.
El delegado del ente investigador señaló en su concepto que: “Si bien la diligencia de indagatoria celebrada resulta válida ante el cumplimiento de los requisitos legales esenciales propios del sistema penal mixto (Ley 600 de 2000), con ocasión del tránsito de sistemas penales debe decaer su vigencia pues la formulación de imputación debe cumplir con unos estándares superiores, en particular en lo atinente a la reiterada y unificada jurisprudencia penal que funda en el núcleo fáctico de la formulación de imputación la columna vertebral del proceso penal en Colombia, eje sobre el cual gravitan la legalidad, el debido proceso penal de todas las partes e intervinientes, y el derecho a la defensa".
El fiscal Gabriel Jaimes pidió al Tribunal Superior de Bogotá acceder a los términos de la acción de tutela presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe, pues de lo contrario "se estaría no solo persistiendo en el desconocimiento de reglas constitucionales y legales, en el agravio de derechos y garantías fundamentales, sino arrojando de manera forzosa al ente acusador a una fase procesal de juicio con las advertidas falencias que afectan sensiblemente el procedimiento penal".
Cepeda dice que Uribe debe seguir “imputado”
El senador Iván Cepeda, quien obra como víctima en el proceso por presunto soborno y fraude procesal, solicitó al Tribunal Superior de Bogotá negar las pretensiones de la tutela de Álvaro Uribe.
Según argumentó, el recurso interpuesto por los abogados del exmandatario "es improcedente" porque, entre otras cosas, "no se han agotado todos los medios ordinarios y extraordinarios de defensa judicial para hacer valer los derechos alegados y no se cumplió con el requisito de inmediatez".
Al contrario de lo que señaló la defensa de Uribe Vélez, el abogado de Iván Cepeda señaló que en la audiencia el tema no versó exclusivamente sobre la libertad "sino que esta estuvo determinada por una discusión más estructural procedimentalmente hablando, esto es, el asunto relacionado con la adecuación -o no- de las etapas procesales entre dos sistemas procesales vigentes".
Además, el apoderado del senador del Polo Democrático indicó que "fue Uribe Vélez quien originó toda la crisis procesal" y advirtió a los magistrados que si se avalan las pretensiones de Uribe Vélez podría haber inseguridad jurídica.
"Si se adopta la postura de que no es posible adecuar las etapas procesales de la ley 600 del 2000 a las etapas de la ley 906 del 2004, se provocaría una profunda inseguridad jurídica, pues a los aforados investigados por la Corte les bastaría renunciar a sus cargos para perder el fuero y pasar a manos de la Fiscalía a sabiendas que de ese modo todo lo actuado por la Corte pierde vigencia o efectos. Tal postura equivale a abrir una amplia puerta a la impunidad", argumentó.
¿Qué opinan los expertos?
KienyKe.com consultó al abogado Oscar Sierra Fajardo y a la abogada Laura Kamila Toro para conocer su opinión respecto a la decisión que tiene en sus manos el Tribunal Superior de Bogotá sobre el proceso de Álvaro Uribe Vélez Vs. Iván Cepeda.
Según dijeron, la acción de tutela presentada por el exmandatario era el único mecanismo viable ante la decisión del Juez Cuarto Penal del Circuito y, por esa razón, “no es improcedente como lo alegó el apoderado de Cepeda”.
“Esta es una salida jurídica viable, pues la defensa no cuenta con otro mecanismo procesal para ventilar esta situación. La decisión del juez del circuito no es apelable y esperar para solicitar una nulidad más adelante era permitir la afectación al debido proceso”, señaló Sierra.
Toro, por su parte, dijo: “Este era el único mecanismo viable ante la decisión del juez de segunda instancia, por cuanto no existía otro recurso jurídico por agotar. La tutela contra una decisión judicial exige una mayor carga para quien interpone la misma pues existen una serie de requisitos diferentes a la tutela convencional”.
Los dos expertos estuvieron de acuerdo en que el Juez Cuarto Penal incurrió en un “defecto orgánico” porque él solo debió referirse a la libertad del expresidente Álvaro Uribe y no a la etapa procesal en la que debía quedar la investigación.
Además, señalaron que sí hubo una violación al debido proceso por cuanto no se ha hecho una respectiva imputación de cargos como lo establece la Ley 906 de 2004.
Al respecto, el abogado Oscar Sierra señaló: “Creo que no se puede tratar como imputado a quien no lo ha sido, eso es violar el debido proceso de quien sea. Esa ficción de tenerlo imputado sin estarlo es gravísimo, no por el expresidente, sino para cualquier ciudadano. Lo acontecido con Álvaro Uribe seguramente creará una línea para casos con circunstancias similares. Pienso que, al contrario, no habría inseguridad jurídica sino que dejaría un camino bien marcado de cómo se deben resolver esos problemas procesales y la mejor forma de hacerlo es respetando los derechos de los investigados”.
A su turno, la abogada Laura Kamila Toro indicó: “Existe una vulneración evidente al debido proceso, pues el juez no contaba con la facultad de realizar esta actuación y a su vez la audiencia se encontraba delimitada a una solicitud de libertad. El juez se excedió respecto a lo alegado dentro del trámite, usurpando funciones de la Fiscalía. Es acertada la posición de la Fiscalía al apoyar la tutela porque la formulación de imputación está únicamente en cabeza de esta por mandato constitucional, por lo anterior es evidente que esta entidad debía apoyar y solicitar que se protejan los intereses de este ciudadano”.
¿Cuáles son los escenarios?
El abogado Oscar Sierra Fajardo señaló que, si la tutela de Álvaro Uribe es concedida, el proceso por presunta manipulación de testigos debe regresar a la etapa de indagación y le correspondería a la Fiscalía resolver si imputa, archiva o solicita precluir la actuación.
“Si la acción es negada en todas las instancias, habría que continuar con el proceso en lo que le corresponde a la Fiscalía resolver, es decir, si acusa o precluye la actuación ante un juez de conocimiento. Ahora, independiente la decisión del tribunal al resolver la tutela, habría que esperar la impugnación ante la Corte Suprema de Justicia e incluso una eventual revisión de la Corte Constitucional”, explicó.
La abogada Laura Kamila Toro, por su parte, indicó que la posición del tribunal debe ser la de tutelar los derechos del accionante y otorgar la razón a la defensa en sus peticiones.
Sin embargo, mencionó que el otro escenario jurídico es que la tutela de Álvaro Uribe sea negada en sus pretensiones en un estudio a fondo o sea declara improcedente “por no cumplir con el lleno de los requisitos procesales”.