La Resolución 1440, expedida por el Ministerio de Salud y Protección social el 20 de septiembre de 2021, establece el reglamento técnico para vajillas, artículos de vidrio, cerámica y vitrocerámica empleados en la cocción y contacto con alimentos, que se fabrican e importan para comercialización en todo el territorio nacional.
La multinacional SGS, líder mundial en inspección, certificación, verificación y ensayos, proporcionó un seminario web donde se analizó a profundidad los cumplimientos que deben tener en cuenta fabricantes, importadores y distribuidores de dichos productos.
Con el objetivo de familiarizar a los actores involucrados con la Resolución 1440 (que entra en vigencia el 20 de marzo de 2022), Astrid Jiménez Ramírez, supervisora técnica, de SGS, dio un recorrido sobre los aspectos más relevantes a tener en cuenta, para estar alineados con la normativa y prevenir los riesgos que afecten la seguridad y bienestar de los ciudadanos.
En una primera instancia, la supervisora resaltó tener presente el campo de aplicación de la Resolución 1440. Es decir, a quienes fabriquen o importen para su comercialización los artículos de vidrio, cerámica y vitrocerámica; vajillas de vidrio, cerámica y vitrocerámica en contacto con alimentos; y los artículos de cerámica empleados en la cocción de los alimentos.
Teniendo en cuenta el cambio de la normativa para evaluar el contenido de plomo y cadmio, existen definiciones que dictan la capacidad volumétrica, según el tipo de material. Un ejemplo de ello son los artículos de obra hueca pequeña, quienes en cerámica y vitrocerámica disponen de una capacidad menor a 1,1 litro (l); y en vidrio menor a 600 mililitros (ml).
Requisitos de etiquetado
Basados en la normativa establecida por la Resolución 1440, los productos deben tener unos requisitos indispensables de etiquetado para su comercialización. Entre ellos está la legibilidad y visibilidad al consumidor a simple vista, previo a la decisión de consumo. Asimismo, debe estar en idioma español y tener en cuenta:
- País de fabricación o país de origen.
- Año y mes de fabricación.
- Nombre y número de identificación del fabricante o importador.
- Marca comercial del producto.
- Material de fabricación.
- Color (si es multicolor indicarlo).
- Nombre, referencia y presentación del producto.
- Capacidad (cuando aplique).
Si el producto se vende por medios digitales o mediante catálogos, se debe disponer la información al consumidor al momento de la compra.
Según el tipo de artículo, existen métodos de ensayos y límites permisibles que evaluarán el contenido de metales pesados. Para vajillas de cerámica, vitrocerámica y vidrio se evalúa bajo el método NTC-ISO 6486; para artículos de vidrio hueco aplica NTC-ISO 7086-1 y finalmente los artículos de cerámica para cocción se rige con NTC-ISO 8391-1.
Proceso de muestreo
Según Astrid Jiménez, el proceso de muestreo depende del material del utensilio debido a que la norma del ensayo decide cuál es la mínima cantidad de muestras que se deben evaluar.
La resolución tiene especificado el muestreo de vajillas, de manera que el número mínimo de unidades de muestras a ensayar, se deben determinar con lo establecido en las normas aplicables a los métodos de ensayo NTC-ISO 6486, NTC-ISO 7086 y NTC-ISO 8391, según el tipo de artículo.
El muestreo se realizará de acuerdo con la norma técnica ISO 2859-1 o la norma que la modifique o sustituya, en el nivel de inspección que determine el Organismo de Certificación.
Demostración de la conformidad
Para demostrar la conformidad de cumplimiento, la Resolución aclara que mientras no haya ningún ente de certificación acreditado, se podrá presentar la declaración de conformidad de primera parte, es decir, que el importador del producto debe emitir una carta donde se evidencie el cumplimiento con los requisitos de etiquetado y rotulado de laboratorio.
Si el certificado de conformidad es emitido por un ente de certificación acreditado, deberá contener como mínimo la siguiente información:
- País de fabricación o país de origen.
- Fecha de fabricación de cada referencia.
- Nombre y número de identificación del productor o importador según corresponda.
- Marca comercial.
- Material de fabricación.
- Color.
- Nombre, referencia del producto y presentación.
- Capacidad volumétrica, en los casos que aplique.