La Dimayor entregó respuesta al recurso de reposición y en subsidio de apelación presentado por el Club Deportes Tolima S.A., por la decisión de suspender, parcialmente, la ejecutoriedad de la sanción impuesta al jugador Giovanni Moreno, del registro del club Atlético Nacional S.A. y reclamar los tres puntos del partido de ida de la final, el cual ganó el conjunto verde de Antioquia 3 a 1.
El Comité, una vez interpuesto el recurso por parte de Deportes Tolima, constató que la decisión de dicha impugnación, cualquiera sea el sentido de ella, repercutirá directamente en los intereses de otro club afiliado, como lo es Atlético Nacional, por lo que se le concedió término para pronunciarse hasta el mismo 23 de junio de 2022, lo cual, en efecto ocurrió.
Para resolver de fondo el recurso interpuesto, la Dimayor hizo un pronunciamiento expreso sobre los reparos contenidos en dicha impugnación, cuya temática radica en dos aspectos, a saber: El primero, atañe al cumplimiento de las suspensiones por partidos y el término de 24 horas después de la notificación; el segundo, versa sobre la autorización expresa por un jugador para interponer los recursos ante el Comité por parte del club. Adicionalmente, el Comité se pronunció sobre la procedencia del recurso de apelación en este tipo de asuntos.
El Comité Disciplinario del Campeonato resolvió no acceder a la solicitud efectuada en el recurso de reposición interpuesto por Deportes Tolima en contra de la Suspensión de Ejecutoriedad de Sanción contra Giovanni Moreno del registro de Atlético Nacional.
En la resolución, se determinó lo siguiente: "No conceder el recurso de apelación interpuesto en contra de esta decisión por no acreditarse ninguna de los supuestos establecidos en el inciso 2, artículo 171 del CDU de la FCF. Y por lo tanto se rechaza por improcedente el recurso de apelación y no se le dará trámite".
Por esto, El Comité Disciplinario del Campeonato decidió no conceder el recurso de apelación interpuesto en contra de esta decisión por no acreditarse ninguna de los supuestos establecidos en la FCF. Y por lo tanto se rechaza por improcedente el recurso de apelación y no se le dará trámite. También anunciaron que el caso queda cerrado y archivado.