Debido a una acción de tutela interpuesta por la Procuraduría General de la Nación, la Corte Suprema de Justicia ordenó la recaptura de Adriana Bermeo y Santiago Márquez, quienes hicieron parte de la Primera Línea durante las manifestaciones del Paro Nacional y quienes habían sido designados como gestores de paz por parte del presidente Petro.
Entre los argumentos presentados por la Procuraduría se encuentra una presunta vulneración al Sistema Penal Acusatorio. Esto, porque la jueza coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Bogotá no habría respetado los principios de oralidad y doble instancia. Lo que habría permitido que los jóvenes recobraran su libertad en diciembre de 2022 y fueran, tiempo después, designados como voceros de paz.
Entre los cargos de los cuales son señalados Adriana Bermeo y Santiago Márquez se encuentran concierto para delinquir y agresión contra servidor público. Mismos que se habrían registrado durante el denominado ‘estallido social’ durante el Gobierno de Iván Duque.
En diciembre de 2022 la Comisión Intersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana, se reunió para definir quienes serían aquellos primeros ciudadanos beneficiados con la libertad tras ser capturados durante el paro nacional. Fue allí donde el DAPRE, el ministerio del Interior, el ministerio de Justicia y el ministerio de la Defensa eligieron a siete jóvenes para salir de prisión, entre ellos Bermeo y Márquez.
“Le recomendamos al Presidente de la República que designara voceros de paz a 7 personas (...) Ninguna de ellas condenadas. Hay dos mujeres, 5 muchachos, algunos están en detención domiciliaria, otros en detención carcelaria y esas 7 personas se llaman: Arles Andrés Bolaños, Adriana Bermeo, Santiago Márquez, Laura Camila Ramírez, Juan Sebastián Galeano, Álvaro Andrés Duque y Bremen Hinestroza”, señaló en su momento el ministro de Justicia Néstor Osuna.