El ministro de Defensa Carlos Holmes Trujillo mencionó que antes de que la Corte Suprema de Justicia emitiera el fallo para garantizar el derecho a la protesta pacífica, la Policía Nacional, en un acto "sincero y respetuoso", ya había ofrecido disculpas a la ciudadanía por cualquier violación a la ley o exceso de la fuerza pública durante las manifestaciones sociales.
El pronunciamiento del jefe de la cartera de Defensa se da tras la orden impuesta el pasado martes 22 de septiembre por la Sala de Casación Civil del alto tribunal, quien indicó que tenían que pedir perdón por los abusos de la Policía y el Esmad desde las protestas del pasado noviembre de 2020.
Holmes Trujillo reiteró que la Policía, "en un acto espontáneo, sincero, transparente y respetuoso", ya ofreció las disculpas a la opinión pública tras la muerte de Javier Ordóñez el pasado miércoles 9 de septiembre.
"Esa espontánea expresión de perdón se refiere a cualquier violación a la Ley, en cualquier tiempo, en que haya incurrido cualquiera de los miembros de la Institución, con lo cual se garantiza el respeto al debido proceso que asiste a cada uno de los miembros de la Fuerza Pública", indicó.
Según dijo, corresponderá a las autoridades judiciales y disciplinarias competentes determinar las responsabilidades en cada caso individual. "El Gobierno Nacional y el Ministerio de Defensa han prestado y seguirán prestando todo su apoyo a estas autoridades y están atentos a los resultados de las investigaciones que se encuentran en curso", afirmó.
¿Qué pasa si el Gobierno no cumple el fallo sobre las protestas?
El procurador Fernando Carrillo manifestó su respaldo a la decisión de la Corte Suprema de Justicia para proteger el derecho fundamental a la protesta social y mencionó que incumplir las órdenes de la Corte Suprema de Justicia es incurrir en desacato.
Mencionó que las decisiones de la justicia deben acatarse y cumplirse así no se compartan, pues “ese principio es la base de un Estado de derecho democrático y más cuando se trata de entidades públicas y de servidores públicos”.
“Las autoridades pueden solicitar a la Corte Constitucional la selección de una tutela para que el alto tribunal revise las disposiciones impartidas, pero ello no las exonera del cumplimiento de la decisión que busca proteger derechos fundamentales. Incumplir las órdenes de la Corte Suprema de Justicia es incurrir en desacato”, aseguró.