Ministerio de Salud y Protección Social autorizó la reapertura de salas de cine y teatros. Con la resolución 1408 de 2020 se adaptó el protocolo de bioseguridad para reabrir este sector de la economía en Colombia.
De acuerdo con la resolución emitida por el Ministerio de Salud, las salas de cine y teatros no podrán exceder el 50 por ciento de su capacidad ni se se podrán consumir alimentos al interior de esos espacios.
Por medio de la resolución 1408 firmada el 14 de agosto, "se adopta el protocolo de bioseguridad para mitigar y controlar el riesgo del coronavirus Covid-19 en la realización de actividades de exhibición cinematrográfica y presentación de obras de las artes escénicas discriminadas en la Clasificación Internacional Industrial Uniforme CIIU 5914 y 90, bajo la modalidad de autocines, autoeventos, salas de cine y teatro".
La vigilancia del cumplimiento del protocolo de bioseguridad para la reapertura de salas de cine y teatros estará a cargo de la secretaría o entidad de cada municipio o distrito que corresponda al lugar donde se realicen las actividades de exhibición cinematográfica, salas de cine y teatros.
La decisión del Ministerio de Salud está basada en un protocolo de bioseguridad para prevenir la transmisión del Covid-19 que fue presentado en un anexo técnico.
En el documento se establece que en las salas de cine y teatros deberá haber dos sillas libres entre cada usuario. Así mismo, señala que se debe dejar una fila por medio libre, además las puertas y ventanas deberán permanecer abiertas para permitir una buena ventilación del lugar.