El tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió un nuevo fallo en el que reconoció que la Alcaldía de Bogotá respetó los derechos humanos en las protestas del 9 y 10 de septiembre, puesto que, las pruebas presentadas indican que siempre se ordenó no usar armas de fuego exceso de fuerza en contra de los manifestantes.
La alcaldesa Claudia López agradeció el reconocimiento del Tribunal, además reiteró su compromiso para cumplir con lo ordenado en el fallo junto al Gobierno Nacional en lo que refiere a la creación de un protocolo que regule las manifestaciones.
"Quiero agradecer que en el nuevo fallo se reconoce expresamente que la Alcaldía ha trabajado y cumplido en un protocolo de regulación de la protesta social que garantice que ese derecho constitucional se ejerza sin ninguna estigmatización, sin violar los derechos humanos, por el contrario, protegiéndolos", expresó la alcaldesa.
La magistrada Nelly Yolanda Villamizar también recordó que se solicitó un informe sobre las posibles soluciones que conduzcan a corto, mediano y largo plazo a solventar de la mejor manera posible el antagonismo violento entre las fuerzas militares y la población civil.
Además de elaborar un protocolo que le permita a las organizaciones sociales realizar las marchas con la consiguiente garantía para la población civil por el respeto a su derecho a la vida, al trabajo y a sus bienes de tal manera que se impida la infiltración de personas y grupos violentos que obligan a la Policía a intervenir y que propician el exceso de la fuerza pública en algunos de sus miembros.
También mencionó que se debe incluir el protocolo como el trámite que se adelanta al interior de la Policía y el Ejército Nacional al momento de incorporar a sus agentes que les permita visualizar su personalidad y su condición psicológica, y debe contener un pronunciamiento expreso frente al uso de las armas por parte de los miembros de la policía y del ejército como las soluciones y medidas que garanticen que no se haga uso indiscriminado de las armas.
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"Esta Sala recuerda que, en Colombia el derecho a reunirse y a manifestarse pública y pacíficamente está expresamente reconocido en la Constitución Política y en los tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad. Es así como el artículo 37 de la Constitución consagra este derecho, en los siguientes términos: «Toda parte del pueblo, puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sólo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho»", dice el fallo del Tribunal.
También se recalcó en que la protesta social se debe proteger porque tiene como función democrática llamar la atención de las autoridades y de la opinión pública sobre una problemática específica y sobre las necesidades de ciertos sectores, en general minoritarios, para que sean tenidos en cuenta por las autoridades.
El documento del Tribunal también ordena la creación de una mesa de trabajo que trabaje en una reforma a la Policía y que tenga en cuenta 16 problemáticas del país, que van desde la corrupción hasta la presencia de ciudadanos venezolanos en Bogotá.